Oaxaca de Juárez, Oax.
IEEPCO

Comunicados

Tras nuevo análisis la Organización Shuta Yoma no reúne número de afiliados para obtener registro como partido político local

‹ 20 / 08 / 2012 ›

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) sesionó respecto de la solicitud de registro como Partido Político Local presentada por la Organización Estatal de Ciudadanos "ShutaYoma A.C.", en cumplimiento a la resolución dictada por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial del Estado de Oaxaca.

Luego de realizar el análisis exhaustivo, por parte de la Dirección de Partidos Políticos y Participación Ciudadana, ordenado por el Consejo General del IEEPCO, éste resolvió que no procede el otorgamiento del registro como Partido Político Local a la organización estatal de ciudadanos "ShutaYoma A.C."

Uno de los requisitos esenciales para que la organización estatal de ciudadanos "ShutaYoma A.C.", se constituyera como partido político local, es que debiera contar con un número de afiliados que represente el 3% de ciudadanos inscritos en el listado nominal de electores en cuando menos 13 distritos electorales, así como que dichos ciudadanos cuenten con credencial de elector domiciliada en dichos territorios. Además que el total de afiliados no resulte inferior al 1.5% de la lista nominal de electores a nivel estatal

La Organización Estatal de Ciudadanos "ShutaYoma A.C.", para acreditar el cumplimiento del requisito a que se refiere el artículo 28, inciso b), del Código Electoral vigente hasta el 10 de agosto del 2012, presentó 37 mil 943 cédulas de afiliación.

Tal como lo acordó el Consejo General, la Dirección de Partidos Políticos y Participación Ciudadana realizó el análisis y verificación de la autenticidad de la totalidad de afiliaciones con respecto a las listas nominales de 2007, 2010 y 2012, pero en ninguno de los casos la Organización solicitante alcanzó el número mínimo de afiliados requeridos por la Ley.

Asimismo se verificó, a petición del TEE, el caso de 113 ciudadanos que comparecieron como terceros interesados, aduciendo la exclusión del padrón de afiliados por parte de la Organización. En este apartado se encontró que 16 ciudadanos no fueron registrados por dicha organización, de los 97 restantes, 5 no se encontraron en la lista nominal de electores del 2010. Sin que esto sea determinante para cambiar el sentido del acuerdo.

El acuerdo fue aprobado por unanimidad con el voto de las y los Consejeros Electorales en presencia de la representante legislativa del PAN, además de los representantes del PAN, PRD, PT y PVEM.

Boletín 124 - 20Ago2012