Sigue IEEPCO calificando elecciones realizadas por Sistemas Normativos Internos
‹ 22 / 12 / 2013 ›
Al verificar que las elecciones de dichos municipios fueron realizadas con apego a las normas establecidas por la comunidad; que la autoridad electa obtuvo la mayoría de votos y que se integró debidamente el expediente; se declararon como legalmente válidas y, se ordenó expedir las constancias respectivas a las autoridades electas.
En el caso del municipio de Ánimas Trujano, se calificó como legalmente válida la elección del Presidente Municipal de esa localidad, sin embargo no se encontraron los elementos suficientes para declarar la validez de la elección ordinaria de Concejales en los cargos de síndico municipal; regidor de hacienda; regidor de educación y regidor de seguridad del municipio.
Por lo anterior, se ordenó la reposición del proceso electoral a partir de la elección del síndico municipal, hasta la elección del regidor de seguridad, en la cual se garantice que todas las ciudadanas y ciudadanos del referido municipio puedan ejercer libremente su derecho de votar y ser votados.
En la misma sesión se declaró no válida la elección celebrada en el Municipio de Santiago del Río, por lo que se ordenó la reposición del proceso, garantizándole a todas y todos los ciudadanos sus derechos.
En ambos municipios se instruyó a la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos, para que coadyuve en la organización, desarrollo y vigilancia en la reposición de las elecciones.
22/12/2013