No existen irregularidades en el caso de Santiago Choápam: IEEPCO
‹ 21 / 03 / 2013 ›
Cabe resaltar que las actividades se realizaron de acuerdo a la convocatoria respectiva y en ningún momento la directora de Sistemas Normativos Internos ordenó o realizó alteración alguna de la documentación.
El despido de la Licenciada Izela Martínez Sánchez, se realizó luego de un proceso administrativo que iniciara la Contraloría del Órgano, ante el exhorto que hiciera la directora de Sistemas Normativos Internos por el comportamiento que presentaba la Licenciada Martínez Sánchez, al no mostrar disposición con la Comisión para la Reconciliación entre las Comunidades del Municipio de Santiago Choápam.
En el procedimiento administrativo, iniciado de oficio, todas y cada una de las aseveraciones que hizo la Licenciada Izela Martínez Sánchez quedaron sin sustento pues no presentó pruebas fehacientes y los testigos que mencionó contradijeron su dicho; las autoridades de las comunidades no reconocieron alteración en sus documentos y señalaron que la Licenciada Martínez Sánchez realizó un uso indebido de los mismos, al ponerlos a disposición de personas e intereses ajenos.
Por lo anterior, el Contralor General del IEEPCO, dentro del expediente CG/001/2012 emitió la resolución correspondiente en la que se declaró como improcedente la queja, por no acreditarse ninguna de las acusaciones falsas y temerarias hechas por la Lic. Izela, en contra de la directora de Sistemas Normativos Internos.
Asimismo los integrantes de la Comisión para la Reconciliación entre las Comunidades del Municipio de Santiago Choápam se pronunciaron, mediante documento escrito, respecto de las irregularidades mencionadas por la Lic. Izela Martínez, sobre la realización de la Consulta Comunitaria en las comunidades del municipio de Santiago Choápam.
En el documento, los representantes de la Comisión para la Reconciliación entre las Comunidades del Municipio de Santiago Choápam como: la Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de Asuntos Indígenas y la Coordinación de Derechos Humanos del Gobierno del Estado, rechazan la irresponsable afirmación de la existencia de anomalías en la elaboración de las actas de asamblea de la consulta realizadas por algún integrante de la Comisión o por su Presidenta.
Por último, cabe señalar que no es la intención del IEEPCO vulnerar los derechos humanos y laborales de ningún trabajador o trabajadora, pero no se pondrá en riesgo los avances logrados por el órgano, las comunidades y las instancias para realizar un proceso de conciliación entre las comunidades de Santiago Choápam.
21/03/2013