IEEPCO aprueba normas importantes para las elecciones 2016
‹ 24 / 05 / 2016 ›
En este sentido, se estableció que los partidos políticos mantendrán su registro si obtienen el tres por ciento de la votación válida emitida en alguna de las tres elecciones, ya sea para gobernador, diputados al congreso del Estado o concejales a los Ayuntamientos, en concordancia con lo establecido en el artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos.
En otro punto del orden del día, el Consejo General aprobó los lineamientos para la asignación de diputaciones y regidurías por el principio de representación proporcional para el Proceso Electoral 2015-2016.
Se determinó que la asignación de estas diputaciones y regidurías se realizará tomando en cuenta dos elementos: el orden en que aparezcan los partidos en las listas registradas ante el Instituto y de acuerdo con el orden decreciente de la votación obtenida por sus candidatos en la elección por el principio de mayoría relativa.
En sesión también se aprobó la instalación de una Mesa de Escrutinio y Cómputo (MEC) para el voto de las y los ciudadanos oaxaqueños residentes en el extranjero, así como el Local Único para el desarrollo de dichas actividades de la MEC, ubicado en la Calle Heroica Escuela Naval Militar, número 1212, en la colonia Reforma.
Asimismo la selección y designación de las funcionarias y el funcionario habilitados que podrán suplir las ausencias de las y los funcionarios de MEC insaculados por el Instituto Nacional Electoral y que podrán realizar el llenado del Acta de Cómputo de Entidad Federativa el día de la jornada electoral.
Las y los consejeros aprobaron las medidas y acciones extraordinarias para la continuación del proceso electoral ordinario, en aquellos distritos o municipios cuyas circunstancias de caso fortuito y de fuerza mayor no permitan las condiciones o impidan la implementación ordinaria de las actividades de los consejos distritales y municipales electorales de este instituto.
Por otra parte, el Consejo General en sesión especial, determinó como válidas las elecciones realizadas en San Francisco Logueche así como del municipio de Santiago Comaltepec que electoralmente se rigen por Sistemas Normativos Indígenas al considerar que ambas elecciones cumplen con los elementos establecidos por la normatividad electoral.
23 | 05 | 2016 307