Concluye proceso electoral de 64 municipios regidos bajo normas de derecho consuetudinario
‹ 20 / 12 / 2011 ›
La elección que se realizó en cada uno de los municipios fue calificada como válida luego que el Consejo revisara caso por caso y verificara que se apegaron a las normas establecidas por la comunidad y a los acuerdos previos a la elección correspondiente; así como que las autoridades electas obtuvieron la mayoría de votos, y los expedientes respectivos fueran debidamente integrados.
Mientras que la elección ordinaria del municipio de San Juan Cotzocón, celebrada el 04 de noviembre de 2011 no pudo considerarse legalmente válida, ya que un sector mayoritario de la comunidad no pudo ejercer su derecho de elegir a sus autoridades, de tal forma que el Consejo General del IEEPCO, calificó como no válida la elección, al quedar acreditado que la elección, no se llevó a cabo bajo un método que pudiera considerarse democrático.
En ese sentido el acuerdo aprobado por mayoría establece que no se preservó el principio de universalidad del sufragio en sus diversas vertientes, ni se promovió de forma real y material la integración de las agencias municipales en las decisiones del cabildo y de la asamblea comunitaria, lo que violentó el derecho al sufragio de los habitantes.
El caso de San Juan será notificado al Honorable Congreso del Estado de Oaxaca, para que las y los legisladores decidan lo procedente.
De esta forma 64 de de los 418 municipios reconocidos por el Catálogo de Usos y Costumbres del IEEPCO; que este año tenían un proceso de renovación por la conclusión del ejercicio del cargo acordados por sus respectivas asambleas, dieron por concluido su proceso, luego en que en sesión del 02 de diciembre el Consejo General validara y calificara la elección en 56 municipios.
Boletín 69 - 20DIC11