Califica IEEPCO elecciones de 58 municipios por el sistema normativo
- Sesiona Consejo General en sede alterna para garantizar las condiciones de seguridad de la función electoral y certeza a los municipios en la renovación de sus autoridades.
‹ 23 / 12 / 2016 ›
· Califica como no válida la elección de Villa Chilapa de Díaz al no garantizar la inclusión de todas y todos los ciudadanos de la comunidad.
El Consejo General del instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) calificó en Sesión Especial las elecciones de diversos municipios regidos por el sistema normativo para la renovación de sus autoridades.
Lo anterior en Sesión Especial realizada en una sede alterna debido a que las instalaciones del órgano electoral se encuentran bloqueadas por personas ajenas a la institución y para contribuir a garantizar las condiciones de seguridad para las autoridades electas de los municipios.
En los acuerdos se validaron las elecciones de los municipios de Abejones, Monjas, Pluma Hidalgo, San Agustín Yatareni, San Antonino Monteverde, San Cristobal Lachirioag, San Francisco Jaltepetongo, San Jorge Nuchita, San Juan Lachigalla, San Juan Mixtepec, San Marcial Ozolotepec, San Mateo Cajonos y San Mateo Etlatongo.
También de San Mateo Nejapam, San Pedro Teozacoalco, San Raymundo Jalpan, Santa Cruz Tayata, Santa Cruz Zenzontepec, Santa Lucía Monteverde, Santa María Chimalapa, Santa María Nduayaco, Santa María Totolapilla, Santa María Yalina, Santa María Zaniza, Santiago Xiacuí, Santo Tomás Tamazulapam y Santos Reyes Pápalo.
Asimismo de San Juan Ozolotepec, San Lorenzo Cacaotepec, San Lorenzo Victoria, Santiago Ixtayutla, San Pedro Mixtepec, Santa María Peñoles, Santiago Jocotepec, Tanetze de Zaragoza, Zapotitlán Palmas, San Dionisio Ocotepec, San Francisco Chindúa, San Juan Mazatlán y Santiago Xanica.
También en acuerdo general aprobó las elecciones de los municipios de Santa María Nativitas, Asunción Tlacolulita, Santo Domingo Yanhuitlán, Concepción Buenavista, Santa Ana Ateixtlahuaca, San Andrés Tepetlapa, San Francisco Chapulapa, San Francisco Tlapancingo.
Así como de San Andrés Sinaxtla, San Ildefonso Villa Alta, San Juan Quiotepec, Santa María Ixcatlán, Santiago Yucuyachi, Santa Catarina Yosonotu, San Agustín Chayuco, Santa Cruz Nundaco y Santiago Tepetlapa.
En tanto, el IEEPCO determinó calificar como no válida la elección realizada en Villa Chilapa de Díaz al no haber garantizado la participación de todas las agencias y el ejercicio pleno de los derechos de las y los ciudadanos de la población.
El órgano electoral continuará calificando las elecciones de los municipios regidos por su sistema normativo apegado a la normatividad electoral y bajo los principios de certeza, transparencia, independencia, legalidad, imparcialidad, objetividad y pluriculturalidad.