Califica Consejo General municipios regidos por Sistemas Normativos Internos
‹ 31 / 12 / 2014 ›
En el caso de la elección ordinaria de Concejales al Ayuntamiento del municipio de Santiago Atitlán, Oaxaca, el Consejo General la declaró como no válida toda vez que se vulneró el derecho al voto de su agencia municipal, Estancia de Morelos.
Y se remitió el expediente al Congreso del Estado, para que en término de lo dispuesto en el párrafo quinto de la fracción I del Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determine lo conducente para designación de un Consejo de Administración Municipal.
Además se instruyó a la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos para que el ámbito de sus atribuciones y competencias, genere los esfuerzos de mediación necesarios para coadyuvar en la elección de autoridades de ese municipio.
Durante la sesión especial, el Consejo General del IEEPC-OPLEO, acordó exhortar a los municipios regidos por su sistema normativo interno, a considerar la paridad de género en los Cabildos, así como a integrar a las comunidades que componen dichas localidades, para realizar sus elecciones.
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