Oaxaca de Juárez, Oax.
IEEPCO

Comunicados

Aprueba IEEPCO plan estratégico institucional 2013 - 2014

‹ 17 / 03 / 2013 ›

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), en sesión extraordinaria, aprobó el Plan Estratégico Institucional 2013-2014, presentado por el Director General del IEEPCO, Isidoro Yescas Martínez, en su calidad de Presidente de la Junta General Ejecutiva. Dicho Plan, es un instrumento que guía las acciones del IEEPCO, mediante objetivos claros y metas concretas a cumplir en el corto y mediano plazo, con el fin de garantizar la legitimidad de los procesos electorales locales, la transparencia en el manejo de los recursos públicos y el acercamiento de la ciudadanía a mecanismos efectivos de participación.

En otro punto de la sesión, el Consejo General aprobó declarar como fundadas las quejas en contra del ciudadano Luis de Guadalupe Martínez Ramírez, respecto de los procedimientos sancionadores especiales derivados de las quejas presentadas por los ciudadanos José Manuel Martínez Juárez y Juan Pablo Barrera Márquez, así como del proceso iniciado de oficio, por hechos que se consideran constituyen violaciones a la normatividad electoral local.

Derivado del mismo acuerdo, se aprobó imponer una multa al ciudadano Luis de Guadalupe Martínez Ramírez, de 100 salarios mínimos vigentes en el estado, equivalentes a 6 mil 138 pesos, que deberán ser pagados en la Recaudación de Rentas del Distrito del Centro de la Secretaría de  Finanzas  del  Gobierno  del  Estado,  mediante  aviso  al  Director  General  del  Instituto,  en  un  plazo improrrogable de 15 días contados a partir de la notificación.

Asimismo, se acordó entregar una copia certificada al Congreso del Estado, dado que el denunciado es Diputado de la LXI Legislatura, al igual que se le hará llegar al Partido Acción Nacional, por tratarse de un militante.

Posteriormente y en cumplimiento a la resolución dictada por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, se modificó el artículo 4 de los Requisitos, Bases y Criterios Técnicos y Científicos a que se sujetarán las personas físicas o morales que pretendan hacer encuestas o sondeos de opinión, encuestas de salida y cualquier otro tipo de estudios de carácter demoscópico, que sean publicados y difundidos en cualquier medio públicamente accesible y, que estén relacionados con el Proceso Electoral Ordinario 2012-2013.

16/03/2013