Oaxaca es la entidad que cuenta con la mayor diversidad étnica, lingüística y cultural de México, por eso, la Constitución local reconoce la existencia de 16 Pueblos Indígenas: Amuzgos, Cuicatecos, Chatinos, Chinantecos, Chocholtecos, Chontales, Huaves, Ixcatecos, Mazatecos, Mixes, Mixtecos, Nahuas, Tacuates, Triquis, Zapotecos y Zoques.
Esto significa que Oaxaca tiene una composición mayoritariamente indígena u originaria porque, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda del INEGI 2020, el 69.18% de la población se auto adscribe como integrante de alguna de las comunidades y el 4.7% como afromexicana. Bajo este contexto de pluriculturalidad, los Pueblos y Comunidades Originarias han impulsado el reconocimiento de sus derechos, como el poder nombrar a sus autoridades bajo sus tradiciones y costumbres, los cuales son ahora protegidos por diversos instrumentos legales y constitucionales. Por eso, cada determinado tiempo se repite este ejercicio y el documento que agrupa a los métodos de elección de la autoridades indígenas ha tenido diferentes denominaciones: en 2015 se llamó “Catálogo Municipal de Sistemas Normativos Internos” y en 2018 se conoció como “Catálogo de Municipios Sujetos al Régimen de Sistemas Normativos Indígenas”.
El actual “Catálogo de Municipios sujetos al régimen de Sistemas Normativos Indígenas del Estado de Oaxaca 2022”, contiene las normas, procedimientos y prácticas tradicionales que las comunidades emplean para el nombramiento de sus autoridades para integrar el Ayuntamiento.
En suma, el “Catálogo de Municipios sujetos al régimen de Sistemas Normativos Indígenas del Estado de Oaxaca 2022” es resultado de los esfuerzos desplegados por el Instituto para dar certeza a las propias autoridades y comunidades indígenas u originarias, por tal, sirve como punto de partida para consulta de la academia, de las autoridades electorales y judiciales, así como las personas interesadas en conocer los procesos electivos o de nombramientos comunitarios.
Esto significa que Oaxaca tiene una composición mayoritariamente indígena u originaria porque, de acuerdo con el Censo de Población y Vivienda del INEGI 2020, el 69.18% de la población se auto adscribe como integrante de alguna de las comunidades y el 4.7% como afromexicana. Bajo este contexto de pluriculturalidad, los Pueblos y Comunidades Originarias han impulsado el reconocimiento de sus derechos, como el poder nombrar a sus autoridades bajo sus tradiciones y costumbres, los cuales son ahora protegidos por diversos instrumentos legales y constitucionales. Por eso, cada determinado tiempo se repite este ejercicio y el documento que agrupa a los métodos de elección de la autoridades indígenas ha tenido diferentes denominaciones: en 2015 se llamó “Catálogo Municipal de Sistemas Normativos Internos” y en 2018 se conoció como “Catálogo de Municipios Sujetos al Régimen de Sistemas Normativos Indígenas”.
El actual “Catálogo de Municipios sujetos al régimen de Sistemas Normativos Indígenas del Estado de Oaxaca 2022”, contiene las normas, procedimientos y prácticas tradicionales que las comunidades emplean para el nombramiento de sus autoridades para integrar el Ayuntamiento.
En suma, el “Catálogo de Municipios sujetos al régimen de Sistemas Normativos Indígenas del Estado de Oaxaca 2022” es resultado de los esfuerzos desplegados por el Instituto para dar certeza a las propias autoridades y comunidades indígenas u originarias, por tal, sirve como punto de partida para consulta de la academia, de las autoridades electorales y judiciales, así como las personas interesadas en conocer los procesos electivos o de nombramientos comunitarios.
Elizabeth Sánchez González
Consejera Presidenta
Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a 22 de junio de 2022
Leer texto íntegro.
Núm. | MUNICIPIO | DISTRITO | ACUERDO | DICTAMEN | ACUERDO | DICTAMEN | ACUERDO | DICTAMEN |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
1 | Magdalena Jaltepec | 5 | IEEPCO-CG-SNI-09/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-001/2022 | ||||
2 | Magdalena Yodocono de Porfirio Díaz | 5 | IEEPCO-CG-SNI-09/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-002/2022 | ||||
3 | Magdalena Zahuatlán | 5 | IEEPCO-CG-SNI-09/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-003/2022 | IEEPCO-CG-SNI-21/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-003/2022 | ||
4 | San Andrés Lagunas | 5 | IEEPCO-CG-SNI-09/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-004/2022 | ||||
5 | San Antonio Acutla | 5 | IEEPCO-CG-SNI-09/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-005/2022 | ||||
6 | San Cristóbal Suchixtlahuaca | 5 | IEEPCO-CG-SNI-09/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-006/2022 | IEEPCO-CG-SNI-14/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-006/2022 | ||
7 | San Francisco Jaltepetongo | 5 | IEEPCO-CG-SNI-09/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-007/2022 | ||||
8 | San Francisco Nuxaño | 5 | IEEPCO-CG-SNI-09/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-008/2022 | ||||
9 | San Juan Bautista Coixtlahuaca | 5 | IEEPCO-CG-SNI-09/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-009/2022 | IEEPCO-CG-SNI-19/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-009/2022 | ||
10 | San Juan Diuxi | 5 | IEEPCO-CG-SNI-09/2022 | DESNI-IEEPCO-CAT-010/2022 |