El uso de radio y tv en las elecciones 2018
‹ 04 / 02 / 2018 ›
Gustavo Meixueiro Nájera
Consejero Presidente del IEEPCO
Twitter: @gmeixueiro
En estos días seguramente usted ha escuchado en la radio o visto en la televisión spots de diferentes partidos políticos que participan en la contienda electoral de este año. La presencia de spots puede generar preguntas como ¿Quién paga estos anuncios? ¿Por qué hay más spots de ciertos partidos que de otros? ¿Quién los regula?, etc. Con el objetivo de dar respuesta a estas preguntas, en esta participación describo el modelo de comunicación político electoral vigente en nuestro país.
Debemos empezar recordando que la reforma aprobada en el año 2007 cambió el modelo de comunicación política en el país al establecer que el tiempo público del Estado es el único medio por el que los partidos políticos pueden acceder a la radio y televisión. Se definió entonces que el Instituto Federal Electoral (ahora el INE) es quien asignara los tiempos oficiales y prohibió a partidos, candidaturas o personas físicas o morales poder contratar espacios para difundir mensajes a través de los cuales pretendan influir en las preferencias de los electores o beneficiar o perjudicar a un partido o candidatura. Antes de la reforma, particulares podían contratar anuncios de apoyo o rechazo a cierto partido o candidatura, lo que fue señalado como un elemento inequitativo de las contiendas. De manera posterior, la reforma de 2014 señala que la adquisición de tiempo de radio y televisión puede causar que una elección sea declarada nula y tenga que ser repetida.
La actual ley establece que del total de los tiempos del estado que corresponden a partidos y candidatos el 70% es distribuido entre los partidos según los resultados de la elección inmediata anterior, y el 30% restante se reparte en partes iguales. Es decir, el tiempo al que tienen derecho los partidos políticos en los medios de comunicación de radio y televisión no se determina por su capacidad económica de compra de espacios, sino que depende en gran medida de los resultados electorales anteriores y de una “bolsa” común que se distribuye entre los participantes. El modelo busca fomentar condiciones de equidad en los espacios públicos de comunicación a los que tiene acceso la ciudadanía para mantenerse informado.
Es por esta distribución de 70% y 30% que algunos partidos políticos cuentan con más spots que otros, aunado a ello hay que tomar en consideración las coaliciones electorales que hacen los partidos políticos y que se traducen en el uso de sus tiempos para apoyar a un mismo candidato o candidata.
Los tiempos de los que disponen los partidos y las autoridades electorales varían dependiendo de la etapa del proceso electoral. En precampaña, los partidos tienen derecho a 30 minutos y las autoridades electorales a 18, en total 48 minutos diariamente en cada estación de radio o de televisión (Si la estación no transmite transmite programación durante todo el día, el tiempo se calcula a razón de 3 minutos por cada hora de transmición). En el periodo de Intercampaña, 24 minutos diarios son para partidos políticos y 24 para autoridades electorales. En campaña, los partidos tienen derecho a 41 minutos diarios y la autoridad electoral sólo a 7, lo que suma los 48 minutos (En elecciones concurrentes, como las de ahora, de los 41 minutos disponibles para los partidos, 15 minutos son para las campañas locales). Estos mensajes se difunden en 138 emisoras de Oaxaca que son contempladas en el catálogo que elabora el INE.
El INE es la institución encargada de vigilar que se cumpla con el principio de equidad en el uso de los tiempos de radio y tv. La ley lo faculta para que realice el monitoreo en los medios nacionales y locales, y pueda verificar que en efecto las televisoras y radiodifusoras cumplan con la pauta que se les envía. También es el INE el encargado de aplicar sanciones a los medios en caso de violaciones. Es importante decir que todas las faltas en materia de propaganda pueden dar origen a procedimientos de responsabilidad y en caso de determinarse que se viole la ley, pueden ser impuestas amonestaciones, multas, o incluso, determinar la pérdida de registro de una candidatura o cancelación en su caso.
Otra regla en materia de comunicación es que durante las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral, está prohibida la difusión por cualquier medio, de propaganda gubernamental, con la finalidad de evitar influir en las preferencias electorales. Si bien están permitidas solo campañas de autoridades electorales, campañas de salud, servicios educativos y protección civil o emergencia, éstas no deben contener logotipos o imágenes que la identifique con alguna dependencia de gobierno o imágenes de servidores públicos.
Finalmente debemos señalar que existe un periodo de reflexión, durante los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre de las casillas, donde queda prohibido publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio de comunicación, los resultados de las encuestas o sondeos de opinión, así como campañas de los partidos o candidaturas, informes de labores o propaganda gubernamental.
Es importante que la ciudadanía sepa que ni las autoridades electorales, ni los medios de comunicación definimos el tiempo en radio y televisión al que tienen derecho los partidos políticos, eso es un mandato legal que debemos cumplir en el ámbito de nuestras atribuciones. Los spots de los partidos tienen el fin de informar a la ciudadanía sus propuestas, posicionamientos y temas de la agenda del país, para que finalmente las y los electores tengan la opción de elegir la oferta política que mejor les parezca, por eso los partidos políticos tienen la responsabilidad de hacer buen uso de estos espacios. Hago una invitación a la ciudadanía oaxaqueña a que seamos parte de este proceso electoral y nos informemos sobre cuáles son las propuestas de candidatos y candidatas que buscarán los sufragios y el apoyo en las urnas electorales.