Oaxaca de Juárez, Oax.

Artículos de Opinión

Equidad en las contiendas electorales

Uno de los principales compromisos que tienen las instituciones electorales es el de establecer condiciones de igualdad para todas las personas y partidos políticos que participan en las elecciones. Países como México, que han transitado hacia un régimen democrático y que buscan su consolidación, realizaron cambios institucionales para garantizar que los contendientes se enfrenten en las mismas condiciones, y que sea la ciudadanía quien finalmente decida a quién otorgarle el voto.  En este sentido, las leyes y reglamentos electorales hacen énfasis en que se respete este principio. El financiamiento público a los partidos políticos y el acceso equitativo a tiempos en radio y televisión, son algunas de las acciones que se implementaron con esa finalidad. Sin embargo, uno de los temas que han resultado más complejos de abordar -tanto a nivel federal como local- ha sido identificar cuando un ciudadano o partido político incurre en un acto anticipado de pre-campaña. Estas acciones están reglamentadas en la LEGIPE y en el Artículo 144 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca que establece quién y cómo se incurre en estos actos. La ley indica que ningún ciudadano o ciudadana podrá realizar actividades propagandísticas y publicitarias anticipadas, con el objeto de promover su imagen personal, de manera pública con el propósito de obtener la postulación a un cargo de elección popular, antes de la fecha de inicio de las precampañas.

28 / 01 / 2016

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